Los locales de menos de 400 metros cuadrados cuya actividad quedó suspendida tras la declaración del estado de alarma pueden abrir sus puertas a partir de hoy.
Desde hoy, lunes día 4 de mayo, las personas que trabajan por cuenta propia cuyos locales no superen los 400 metros cuadrados de tamaño pueden volver a su actividad empresarial. Aunque, de momento, el ejercicio de su actividad no se podrá desarrollar con las mismas condiciones que lo hacían antes de la crisis Covid-19, este paso supone un alivio para muchas autónomas y autónomos que tuvieron que bajar sus persianas el pasado mes de marzo.
No podrán reabrir las empresas cuyos establecimientos superen dicha cifra de metros cuadrados ni aquellos que estén dentro de un centro comercial sin acceso directo desde el exterior.
REQUISITOS DE REAPERTURA
- Se trabajará bajo cita previa para evitar aglomeraciones.
- Citas individualizas.
- Se respetará la separación física.
- Si no es posible la separación física, deben instalarse mostradores o mamparas.
- Debe establecerse un horario de atención con preferencia para aquellas personas mayores de 65 años.
Además, en todos los establecimientos que pueden abrir al público se puede establecer un sistema de recogida en el local de los productos que garantice una atención escalonada.
Estos requisitos no son exigibles para aquellos establecimientos que hasta ahora han podido trabajar durante la crisis.
MEDIDAS DE HIGIENE
- Se realizará, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones. Deberá ponerse especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros, cestas o grifos.
- Se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno.
- Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo.
- Se garantizará una ventilación adecuada de todos los establecimientos y locales comerciales.
- No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes
- Todos los establecimientos y locales deberán disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal.
MEDIDAS PARA EL PERSONAL
- La persona empresaria debe asegurarse de que toda su plantilla tenga EPIs adecuados al nivel de riesgo.
- Obligatorio el uso de mascarilla cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad de dos metros.
- No pueden incorporarse personas que estén en aislamiento por diagnóstico de COVID-19 o que tengan síntomas compatibles.
- Se modificarán la disposición de los puestos de trabajo, los turnos y el resto de condiciones para garantizar el mantenimiento de la seguridad interpersonal mínima de 2 metros.
- En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección individual oportuno que asegure la protección individual.
Para conocer el resto de medidas, pincha aquí y accede al documento que publica ATA.
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