¿Qué presentaciones tendrás que realizar cada mes en 2020? ¿A través de qué modelos? ¿En qué fechas? Seguro que te hiciste estas preguntas antes de terminar el 2018. A pocos días de terminar el 2019, es posible que te las estés volviendo a hacer. Así que aquí te lo contamos todo. Mes a mes.
Enero
Día 20: fecha límite para presentar los modelos 111 y 115, correspondientes al último trimestre de 2019, tanto para empresas como para autónomos/as. El modelo 111 es el de las retenciones del IRPF practicadas a los trabajadores, profesionales, empresarios; y el modelo 115 es el de las practicadas a los alquileres de inmuebles urbanos donde desarrollan su actividad profesional.
Día 30: último día para presentar la autoliquidación del modelo 303 (el 309 correspondiente a la autoliquidación no periódica de los que no presenten el modelo 303), la declaración trimestral del IVA, y el modelo 349, para los que realicen operaciones intracomunitarias, que se corresponden con el resumen anual del ejercicio anterior.
También finaliza plazo para presentar el modelo 390, la declaración recapitulativa del IVA de todo el año anterior.
Además, se deben presentar los modelo 130 o 131 de los pagos fraccionados del IRPF, dependiendo de si estás en estimación directa u objetiva, correspondientes al último trimestre del año anterior.
Día 31: se deben presentar los resúmenes anuales de las retenciones a cuenta con el modelo 180 y el modelo 190; y la declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas con el modelo 184.
Febrero
Día 28: fecha límite para presentar la declaración anual de operaciones con terceros del año anterior con el modelo 347. Tienen que presentar este modelo todos/as aquellos/as empresarios/as y profesionales que hayan realizado operaciones superiores a 3005,06€ con un/a cliente/a o proveedor/a a lo largo del año.
Abril
Día 2: desde este día se puede presentar la autoliquidación del modelo 100 de la Declaración de Renta y del modelo 714 de la Declaración de Patrimonio, ambas únicamente de manera online.
Día 20: fecha para presentar los modelos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo para las retenciones con los modelos 111 y 115, para la autoliquidación del IVA con el modelo 303 (o 309 en caso de operaciones no periódicas no incluidas en ese modelo), el modelo 349 de operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados de la renta con los modelos 130 o 131. Y las pymes deberán entregar el pago fraccionado del impuesto de sociedades con el modelo 202.
Mayo
Día 14: se inicia el plazo para presentar el modelo 100 perteneciente al Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas de manera presencial en las oficinas de la AEAT o de forma telefónica.
Junio
Día 25: termina el plazo de domiciliación bancaria de declaraciones a través de los modelo 100 y 714 con resultado a ingresar.
Día 30: finaliza el plazo para la presentación de las declaraciones de renta y patrimonio.
Julio
Día 20: tanto empresas como autónomos/as deben presentar los modelos trimestrales correspondientes al IVA, a las retenciones del IRPF, a las operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados, correspondientes al segundo trimestre de 2020.
Día 25: fecha límite para que las empresas presenten el modelo 200 de la declaración anual, correspondiente al 2019, del impuesto de sociedades.
Octubre
Día 20: último día para presentar los modelos correspondientes al tercer trimestre del año del IVA, las retenciones del IRPF, las operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades, a través del modelo 202.
Diciembre
En diciembre se hace el cierre contable, por lo que toda la información sobre los ingresos, gastos y beneficios de la empresa de los que Hacienda debe estar al día, y que se reúnen en los distintos modelos a presentar durante el calendario fiscal, tendrían que estar presentados.
Día 20: último día para presentar el modelo 202 del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.
¡Esperamos que esta información te resulte útil!