Medidas tributarias y de apoyo industrial por la DANA: Beneficios para empresas y comercios afectados
El Gobierno español, a través del Real Decreto-Ley 7/2024, ha iniciado un plan de recuperación para las personas y negocios afectados por las inundaciones que dejaron importantes afectaciones en el ámbito comercial, industrial y tributario en diferentes zonas del país. Para combatir estas consecuencias, se han implementado medidas urgentes para aliviar las cargas fiscales y apoyar a las actividades económicas en las zonas más perjudicadas. A continuación te detallamos las principales medidas fiscales y tributarias disponibles:
Medidas tributarias para las zonas afectadas
- Suspensión de plazos tributarios
- Los plazos de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones quedan suspendidos en las zonas declaradas como afectadas por la emergencia de protección civil.
- También se suspende el cómputo de la duración máxima de los procedimientos tributarios tramitados por las Administraciones autonómicas y locales.
- Beneficios fiscales en el IRPF e IVA
- IRPF:
- Reducción del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para el ejercicio 2024.
- Posibilidad de renuncia extraordinaria al régimen de estimación objetiva.
- IVA:
- Reducción de la cuota devengada para las operaciones corrientes incluidas en el régimen simplificado, aliviando la carga fiscal para autónomos y pequeñas empresas en las zonas afectadas.
- IRPF:
- Facilidades adicionales
- La Agencia Tributaria habilita canales para gestionar estas medidas de manera ágil, ofreciendo asistencia personalizada a los contribuyentes afectados.
Apoyo a la actividad comercial e industrial
- Promoción del comercio internacional
- Reembolso de los gastos derivados de la participación en actividades internacionales que no pudieron llevarse a cabo debido a la DANA.
- Concesión de nuevas ayudas para la promoción del comercio internacional en las zonas afectadas.
- Moratoria y flexibilidad en programas industriales
- Moratoria del pago de préstamos asociados a los siguientes programas industriales:
- Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial.
- Competitividad de Sectores Estratégicos Industriales y Automoción.
- Ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en la industria manufacturera no financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Ampliación de plazos de ejecución para estos programas hasta 24 meses, a partir del 28 de octubre de 2024.
- Moratoria del pago de préstamos asociados a los siguientes programas industriales:
- Flexibilización de los requisitos de ayudas previas
- Suspensión temporal de la obligación de destinar aparatos y equipos subvencionados al fin para el que fueron concedidos.
- Extensión del plazo para ejecutar inversiones vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en las zonas afectadas hasta agosto de 2026.
- Exención de tasas
- Se eliminan las tasas de solicitud de derechos de propiedad industrial para aquellas solicitudes presentadas hasta el 30 de mayo de 2025 por personas físicas o jurídicas con residencia o sede social en las zonas afectadas.
Cómo solicitar estas ayudas
- Las solicitudes deben presentarse a través de las plataformas oficiales de la Agencia Tributaria y los organismos responsables de las ayudas industriales.
- Es crucial cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto-ley 7/2024, que incluyen:
- Acreditación de residencia o actividad económica en las zonas afectadas.
- Justificación del impacto de la DANA en la actividad comercial o industrial.
Más información
Para obtener más detalles sobre estas medidas y gestionar las solicitudes, consulta:
- Agencia Tributaria: Medidas fiscales urgentes por daños DANA
- Real Decreto-ley 7/2024 en el Boletín Oficial del Estado (BOE)
¿Necesitas asesoramiento?
Las administraciones públicas han desplegado un abanico de medidas para mitigar el impacto de la DANA y acelerar la recuperación. Estas ayudas están sujetas a plazos y requisitos específicos según el tipo de solicitud y la institución convocante. Desde la Fundación Nantik Lum te animamos a informarte y solicitar estas ayudas si te ves afectado. Además, ofrecemos nuestra ayuda para acompañarte en este proceso.
Si necesitas ampliar información o asistencia sobre alguna medida en particular, ¡no dudes en preguntarnos!
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